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Permisos de Salida del País
Es el documento mediante el cual los padres o el representante legal o quienes sean los titulares de la patria potestad, autorizan a los menores de edad a salir del país solo, con uno de sus padres o con un tercero.
Requisitos:
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La presencia de ambos padres o el representante legal o quienes sean los titulares de la patria potestad.
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Llevar la cédula de ciudadanía.
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Copia AUTENTICA del Registro civil de nacimiento de los menores expedido con anterioridad no mayor a un mes, en donde se puedan revisar las Notas
Este tipo de permiso es otorgado para un periodo específico de tiempo, es decir es TEMPORAL y solo debe ser AUTENTICADO en la Notaria.
En caso que los interesados soliciten un Permiso de Salida CON VIGENCIA INDEFINIDA (hasta el cumplimiento de la mayoria de edad) este se deberá otorgar por Escritura Pública y es entregado por la Notaria dentro de los 2 días siguientes.
Tiempo estimado de entrega: El mismo día.
Costo: SÍ. Según tarifa notarial.
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